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Prescripción fiscal de 3 años: lo que cambia con la Ley de Inocencia Fiscal

Cianchino & Asociados 12 de abril de 2026 6 min de lectura

La Ley 27.799 de Inocencia Fiscal (vigente desde el 2/1/2026) trajo un cambio histórico en materia de prescripción: los contribuyentes que cumplen en término ahora tienen un plazo de protección de solo 3 años, frente a los 5 que regían antes. Esto significa que ARCA tiene menos tiempo para reclamarte si hiciste las cosas bien.

El cambio central: de 5 a 3 años

La ley modificó el artículo 56 de la Ley 11.683 de Procedimiento Fiscal:

Régimen anterior

5 años

Para todos los inscriptos, sin importar si cumplían o no en término.

Régimen actual (Ley 27.799)

3 años

Para inscriptos que presentaron DDJJ en término, regularizaron el saldo y no tienen discrepancia significativa.

¿Quién califica como contribuyente cumplidor?

Para acceder a la prescripción de 3 años debés cumplir tres condiciones simultáneas:

  1. Estar inscripto ante ARCA.
  2. Presentar la DDJJ en término — antes del vencimiento correspondiente a tu CUIT.
  3. Regularizar el saldo resultante — pago al contado o adhesión a un plan de pagos.

Además, ARCA no debe haber impugnado tu declaración por detectar una discrepancia significativa.

¿Qué es una discrepancia significativa?

La ley incorporó un artículo nuevo a continuación del 56, definiéndola con precisión. Existe discrepancia significativa cuando se verifica al menos una de estas tres condiciones:

CondiciónParámetro
Diferencia porcentualLa impugnación resulta en un incremento ≥ 15% del saldo fiscal respecto de lo declarado
Diferencia absolutaLa diferencia supera $100.000.000 (monto del art. 1° del Régimen Penal Tributario)
Facturas apócrifasLa impugnación se origina en el uso de documentación apócrifa
Lectura práctica: Si la diferencia entre lo que declaraste y lo que ARCA pretende es menor al 15% y menor a $100 millones, no hay discrepancia significativa y tu prescripción sigue siendo de 3 años. Esto protege errores menores y diferencias de criterio habituales.

Esquema completo de prescripción vigente

Situación del contribuyentePlazo
Inscripto, cumplidor, sin discrepancia significativa3 años
Inscripto (regla general)5 años
No inscripto que regulariza espontáneamente5 años
No inscripto que no regulariza10 años
Agentes de retención/percepción5 años
Créditos fiscales indebidos5 años desde la acreditación
Acción de repetición5 años

Se eliminó la suspensión automática por determinación de oficio

Otro cambio clave: la ley derogó el artículo agregado a continuación del 65 de la Ley 11.683, que permitía a ARCA suspender el plazo de prescripción con solo iniciar una determinación de oficio. Ahora, si ARCA no resuelve rápido, la prescripción sigue corriendo.

Esto obliga al organismo a sustanciar ágilmente sus fiscalizaciones. Ya no puede "dormir" un expediente y reactivarlo años después.

Impacto en la prescripción penal

La ley también agregó un artículo al Régimen Penal Tributario que establece: la acción penal tributaria no proseguirá cuando se encuentren prescriptas las facultades de ARCA para determinar el tributo.

Con la prescripción fiscal reducida a 3 años para cumplidores, esto acota significativamente la ventana de exposición penal. ARCA tiene que actuar rápido tanto en sede administrativa como en la formulación de denuncias.

Prescripción en seguridad social y tributos provinciales

La reforma también alcanzó otros ámbitos:

Esto último es importante: históricamente hubo disputas sobre si las provincias podían aplicar plazos de prescripción distintos (el Código Civil decía 5 años, pero muchas provincias aplicaban 10). Ahora la ley zanja la cuestión: la prescripción fiscal se rige por la Ley 11.683 en todos los niveles de gobierno.

Régimen Simplificado de Ganancias: prescripción reforzada

Para quienes adhieran al nuevo Régimen Simplificado (personas humanas con ingresos hasta $1.000 millones y patrimonio hasta $10.000 millones), la protección es aún mayor:

Lo que tiene que hacer tu PyME ahora

  1. Presentar todas las DDJJ en término — es la condición número uno para la prescripción de 3 años.
  2. Regularizar saldos pendientes antes del vencimiento (pago o plan de pagos).
  3. Evaluar el Régimen Simplificado si sos persona humana con ingresos hasta $1.000M.
  4. Documentar criterios discutibles mediante multinota ante ARCA antes de presentar la DDJJ.
  5. Verificar el Certificado MiPyME para acceder a todos los beneficios fiscales complementarios.

Marco normativo

¿Necesitás revisar tu situación fiscal?

Analizamos si calificás como contribuyente cumplidor y cómo aprovechar la prescripción reducida.

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